Oferta Pública Inicial

Sin importar lo fuerte que pudiera estar un banco, los depósitos de los clientes se prestan a otros clientes

A raíz del fiasco por el que Citibank se desistió de la venta de Banamex, optaron por posponer la venta para el próximo sexenio -falta ver si no será más que una títere- mediante una oferta pública inicial. Tuvieron que tomar esa decisión ya que les pudo haber ocurrido una corrida bancaria.

Sin importar lo fuerte que pudiera estar un banco, los depósitos de los clientes se prestan a otros clientes. El tema es que quienes depositan su dinero a la vista -chequera- pueden disponer del mismo literalmente en cualquier momento. Quien pide crédito a largo plazo no lo prepagaría. En el gran agregado, el saldo global para el banco se mantiene y por eso puede prestar a largo plazo. Si por grillas u otro motivo, todos los clientes retiran su dinero al mismo tiempo no hay banco que lo soporte. Además, se pudo haber convertido en un evento sistémico y adiós a la economía. Lo que hace la ignorancia.

Cuando se ofrecen al gran público inversionista por primera vez acciones de la entidad y entran recursos al emisor es el mercado primario. Al momento siguiente, se convierte en mercado secundario: unos accionistas les venderán a otros, pero la entidad ya no recibe recursos.

De acuerdo con el Reglamento Interior de la Bolsa Mexicana de Valores, S.A.B. de C.V., para llevar a cabo una Oferta Pública Inicial se requiere:

Solicitud firmada por el representante legal teniendo que estar de acuerdo para que la Bolsa hiciera públicas medidas disciplinarias y correctivas que pudiera imponer. Adherirse al Código de Ética y estar al tanto del Código de Mejores Prácticas, así como inscribirse en el Registro Nacional de Valores.

Designar funcionarios responsables de proporcionar información obligatoria. Contar con Oficio de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores autorizando la inscripción en el Registro. Contar con autorización para emitir los valores, otorgada por autoridad competente, en términos de la Ley, así como otra documentación jurídica que formalice la emisión de los valores.

Se consideran los siguientes criterios: Capital contable; utilidades de operación; potencial de crecimiento; accionistas de control e integrantes del consejo de administración; historial crediticio de la compañía, de los accionistas de control y consejeros; Solvencia moral de los accionistas de control, consejeros y principales directivos; Calificación crediticia otorgada por una calificadora; Las series accionarias en su caso, así como la estrategia para su diversificación.

Y sigue: estar en operación por lo menos tres años, como mínimo un capital contable de veinte millones de UDIS, alrededor de Ps$ 155 millones. Que la suma de resultados de los últimos tres años arroje utilidades operativas.

Que el número de valores ofrecido sea por lo menos de diez millones de títulos. Que su precio no sea inferior a una UDI. Que el número de valores representen por lo menos el 15% de su capital social distribuido entre el gran público inversionista, o cuando menos el equivalente en moneda nacional a 950 millones de UDIS: Ps$ 7,400 millones. Al menos cien inversionistas, pero ninguna persona podrá adquirir más del 40% de la oferta. Para mantenerse cotizando, se debe mantener por lo menos el 12% de su capital social y todavía habría más.

Aún así: “el listado de valores en la Bolsa no implica certificación sobre la bondad de los valores o la solvencia, liquidez o calidad crediticia de la Emisora, ni convalida los actos jurídicos que sean nulos”. No es cualquier cosa.

Ps 1: ¿Amañadísima consulta popular para imponer ministros con 90% de abyección y 10% piratas?

Ps. 2: ¿Realmente la gente quiere la imposición del Obradorato? Pareciera que sí.
 

El autor es profesor de Finanzas de EGADE Business School.

Publicado originalmente en El Financiero.

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