La cooperativa

La Ley General de Sociedades Mercantiles reconoce 7 especies de sociedades mercantiles

La Ley General de Sociedades Mercantiles, publicada en agosto de 1934 (actualizada a 2018), reconoce siete especies de sociedades mercantiles: Sociedad en nombre colectivo; Sociedad en comandita simple; Sociedad de responsabilidad limitada; Sociedad anónima; Sociedad en comandita por acciones; Sociedad cooperativa, y Sociedad por acciones simplificada. Además, en la Ley del Mercado de Valores existen las SAPI, SAPIB y SAB, éstas ultimas son las empresas que cotizan en bolsa.

La Sociedad cooperativa tiene su propia Ley General de Sociedades Cooperativas publicada en agosto de 1994 e indica que deben observar principios como la libertad de asociación y retiro voluntario de los socios, tener una administración democrática, fomentar la educación cooperativa y la educación en la economía solidaria; respetar el derecho individual de los socios de pertenecer a cualquier partido político o asociación religiosa y promover una cultura ecológica. Sólo se reconoce un voto por socio, independientemente de las aportaciones que hubieren hecho.

Existen las Sociedades cooperativas de consumidores de bienes y/o servicios, de ahorro y préstamo y de productores de bienes y/o servicios. Estas últimas son aquellas cuyos miembros se asocian para trabajar en común en la producción de bienes y/o servicios, aportando su trabajo personal, físico o intelectual. Sus rendimientos se reparten de acuerdo con el trabajo aportado por cada socio que se evalúa en función de la calidad, tiempo, nivel técnico y escolar; sólo podrán contar con personal asalariado en circunstancias extraordinarias o imprevistas, para obras determinadas, trabajos eventuales, para la sustitución temporal de un socio hasta por seis meses o por la necesidad de personal especializado.

En Nueva Zelanda, de acuerdo con Forbes, las cooperativas “generan 20% del PIB para ubicarse 62 lugares arriba de México en el Índice de Desarrollo Humano (IDH) con menos población que Guanajuato”. En septiembre del 2020, la Secretaria de la Comisión de Economía Social y Fomento del Cooperativismo de la Cámara de Diputados, declaraba que “El cooperativismo será la iniciativa que protegerá nuestra economía y seguridad nacional, así como la protección económica del trabajador mexicano”.

El CONEVAL dio a conocer el Índice de la tendencia laboral de la pobreza (ITLP) al cierre de 2020: “El ingreso laboral real disminuyó 2.5% entre el cuarto trimestre de 2019 y el del 2020 … aumentó la pobreza laboral (población con ingreso laboral inferior al valor de la canasta alimentaria) de 37.3% a 40.7% … [por una] disminución anual de 2.5% en el ingreso laboral real y el aumento de pobreza extrema por ingresos (valor de la canasta alimentaria)”. El incremento de la pobreza laboral se presentó en 24 estados, destacando Quintana Roo: incremento de 14.7%; Tabasco y Ciudad de México con 10.4% y Baja California Sur con 9.1 %. Además, hubo disminuciones en la población ocupada con acceso a servicios de salud como prestación laboral.

La Dra. Siller de Banco Base, en un tuit publicó que “el número de personas que con su ingreso no puede comprar una canasta alimentaria básica subió en 4.7 millones de personas” y lo más escalofriante: “A diciembre 2020, había 52.7 millones de personas que con su ingreso laboral no podían comprar una canasta alimentaria”. Básicamente la mitad de la población.

El mecanismo de la cooperativa está disponible que, aunque no es nada nuevo, puede ser una salida para esta situación general del país pero que son tragedias humanas en lo individual. Las izquierdas dicen que los trabajadores no necesitan de los patrones: ¡va! manos a la obra y déjense de discursos. No están funcionando las políticas públicas, pero, independientemente de gobiernos ineficaces, ¿Qué necesitamos para reaccionar como mexicanos? ¿Cómo seres humanos?

Publicado originalmente en El Financiero.

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